Nota de Prensa 14 mayo de 2021
A raíz del recurso de apelación incoado por el Colegio Médico Dominicano (CMD) a la resolución 00237-2021 sobre la PCR de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL); la Gerencia del Consejo Nacional de Seguridad (CNSS) Lic. Felix Aracena Vargas ordenó mediante comunicación (anexa) a la SISALRIL aplicar y respetar el artículo 13 del Reglamento de Normas y Procedimientos para Apelaciones que establece:
“la interposición del recurso de apelación suspenderá, de forma inmediata, con la presentación de la solicitud de parte interesada, la ejecución de la decisión recurrida, hasta por un máximo de 90 días. Si en dicho plazo de 90 días de haber recibido la solicitud de suspensión, el CNSS no decidiera sobre la misma, se considerará denegada la solicitud, en cuyo caso la decisión recurrida adquirirá su efecto ejecutorio, hasta tanto el CNSS decida definitivamente sobre el recurso principal de apelación”.
El presidente del CMD Dr. Waldo Ariel Suero consideró como correcta la actitud asumida por el CNSS a raíz del recurso de apelación que el CMD interpusiera a la SISALRIL que intentaba realizar una sola prueba de PCR al año, este es un logro del CMD en favor de la salud del Pueblo Dominicano.
“Ya suspendida la resolución de la SISALRIL, lo importante ahora es sentarnos los diferentes actores en la Comisión que designó el CNSS para buscarle una solución a esta problemática,” argumentó el Dr. Suero. No tiene ninguna justificación humana que el pueblo Dominicano solo tenga acceso a una prueba anual de la PCR, como tampoco tiene justificación condenar al pueblo a que tenga que pagar 1,750 pesos, por la prueba antigénica como un prerrequisito obligatorio para realizarse la PCR.
“Todas estas inequidades sociales que perjudican la salud de los dominicanos debemos resolverlas”.
Por la Junta Directiva Nacional,