EL SECRETARIO GENERAL DEL CMD DR. LUIS PEÑA NUÑEZ DENUNCIA TRASLADOS ARBITRARIOS - Colegio Médico Dominicano

EL SECRETARIO GENERAL DEL CMD DR. LUIS PEÑA NUÑEZ DENUNCIA TRASLADOS ARBITRARIOS

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EL SECRETARIO GENERAL DEL CMD DR. LUIS PEÑA NUÑEZ DENUNCIA TRASLADOS ARBITRARIOS

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Santo Domingo, DN
30 de Mayo 2024

NOTA DE PRENSA

El Dr. Luis Peña Núñez Secretario General del Colegio Médico Dominicano (CMD) denunció la ola de traslados arbitrarios, que se están ejecutando en franca violación a las normativas vigentes en materia administrativa, dígase la Ley 41-08 de Función Pública en el Articulo 15, 77 y su Reglamento de Relaciones Laborables 523-09 en su artículo 13, la Ley 6097 del Cuerpo Médico en los Hospitales en su Articulo 12, la Ley 68-03 Ley de Colegiacion Medica en su artículo 19, así reglamento 732-04 sobre Recursos Humanos en el sector salud, de la Ley 42-01, todas atinentes al ejercicio médico.

Es la propia Constitución De La República Dominicana, así como los Convenios Colectivos (CC), con la Organización Internacional Del Trabajo (OIT), de los cuales este país es signatario, ordenan un marco de respeto a los derechos fundamentales de las personas y sus trabajos.

El artículo 62 de la Constitución, rige los fundamentos del trabajo, como párrafo 2 que refiere :
‘ Nadie puede impedir el trabajo de los demás ni obligarles a trabajar contra su voluntad «

Recientemente se ha desatado un estatus de autocracia, de parte de algunos directores de hospitales.
Cito un ejemplo de estos. El Dr. Cesar Roque actual director del Hospital Darío Contreras, quien de forma anticonstitucional, ilegal e improcedente traslada al personal, sin importar las condiciones. A veces por caprichos propios de un Cesarismo antiguo.

Existen otros casos, como el de una Dra. que labora en la Maternidad San Lorenzo de los Mina, quien fue trasladada formalmente hace algunos años, por razones de enfermedad, distancia etc. Sin embargo, ahora desean obligarla a ir a la Maternidad de la Altagracia sin agotar el debido proceso.

El ius Variandi, se define como la facultad que tiene el empleador de alterar, unilateralmente condiciones no esenciales del contrato individual de trabajo. Sin embargo estas ejecuciones tienen limites de razonabilidad y no puede ser ARBITRARIAS, tampoco la Intangibilidad de los intereses patrimoniales y personales del trabajador que puedan causar daños económicos, psicológicos y de otra índole, porque viola los principios constitucionales y los CC con la OIT.

Es por ello que hacemos un llamado a las direcciones regionales y al propio director del Servicio Nacional de Salud (SNS) Dr. Mario Lama, que se hagan participe de las garantías y los derechos que tienen los médicos y que esos traslados sean realizados, con principios de razonabilidad, acordes a las normas citadas anteriormente.
Nosotros como parte importante de la directiva del CMD, estamos para garantizar que esas ejecuciones estén en consonancia con las legislatura correspondientes y eso haremos. Confiando que las autoridades del SNS, harán lo propio.

Dr. Luis Peña Núñez
Secretario General CMD

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